INGRESO COMO SUPLENTE

a.-Normativa Aplicable: – Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, artículos 16; 54, y 55 bis.  – Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, artículos 3°; 4°; 12 y 13. b.- Desarrollo Son suplentes aquellos funcionarios designados en esa calidad en los cargos que se encuentren vacantes…

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